martes, 4 de agosto de 2009

DEFINICION ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Definir tipo de organización o Empresa? Sociedad limitada
Se constituye mediante escritura ante notario o documento privado ante Cámara de Comercio entre mínimo dos socios y máximo veinticinco, quienes responden con sus respectivos aportes, y en algunos casos según el Código de Comercio artículos 354,355 y 357, se puede autorizar la responsabilidad ilimitada y solidaria, para alguno de los socios. Los socios deben definir en la escritura pública el tiempo de duración de la empresa y podrán delegar la representación legal y administración en un gerente, quien se guiará por las funciones establecidas en los estatutos. El capital se representa en cuotas de igual valor que para su cesión, se pueden vender o transferir en las condiciones previstas en la ley o en los respectivos estatutos. Cualquiera que sea el nombre de la sociedad deberá estar seguido de la palabra "Limitada" o su abreviatura "Ltda." que de no aclararse en los estatutos hará responsable a los asociados solidaria e ilimitadamente.
2. Proceso de creación de empresa:a. Documentos necesarios para registrar la empresa ante la Cámara de Comercio:
Formulario del Registro Único Tributario RUT
Escritura pública de constitución de empresa (sólo para persona jurídica) o documento privado (art. 22 Ley 1014 de 2006).
Original del documento de identidad.
b. Paso a paso de creación de empresa:
Confirme que el nombre que usted quiere usar para su nueva empresa, no ha sido registrado. Gracias al Registro Único Empresarial (RUE), el control del nombre para su nueva empresa se hace a nivel nacional.
Conviene consultar en la Secretaría Distrital de Planeación si la actividad que va a iniciar puede desarrollarse en el lugar previsto para su funcionamiento. El trámite se denomina "Consulta de Uso del Suelo".
Importante: estos formularios deben ser diligenciados completamente y firmados por la Persona Natural o el Representante Legal.
Verifique que el nombre registrado en el formulario del RUT sea idéntico al registrado en el formulario del Registro Único Empresarial (RUE) y al formulario adicional de registro con otras entidades.
Verifique que el teléfono registrado en el formulario del RUT sea idéntico al registrado en el formulario del RUE y al formulario adicional de registro con otras entidades.
Tenga copia auténtica de la Escritura Pública de constitución (personas jurídicas) o documento privado para sociedades constituidas de acuerdo al artículo 22 de la Ley 1014 de 2006. Si se trata de documento privado debe ser reconocido notarialmente o presentado personalmente por todos los constituyentes.
Presente todos los documentos en cualquier sede de atención al público de la Cámara de Comercio de Bogotá y cancele los derechos de Matrícula correspondientes y el impuesto de registro (éste último aplica sólo para personas jurídicas).
Tenga en cuenta que:
En caso de que la persona natural ya tenga NIT, deberá adjuntar la fotocopia del certificado del RUT o fotocopia del NIT.
Al efectuar la matrícula, la Cámara de Comercio de Bogotá remitirá a la DIAN la información pertinente para que ésta asigne el NIT, el cual quedará consignado en el certificado de matrícula y de existencia y representación legal.
Si requiere copia de RUT puede solicitarla por primera vez en la Cámara de Comercio de Bogotá o en las oficinas de la DIAN.
Portal Nacional de Creación de Empresas
En este sitio y mediante tres sencillos pasos: "Consulta, diligenciamiento y formalización", usted podrá realizar todos los trámites necesarios para poder constituir on-line y en forma simple de su empresa.
No olvide que en nuestras sedes y en nuestra Línea de Respuesta Inmediata 383-03-30 usted también puede recibir asesoría especializada.
Cuando ya esté matriculado y tenga su NIT no olvide consultar los trámites que debe realizar con algunas entidades del Distrito
"La Cámara de Comercio no se responsabiliza por la información diligenciada por el empresario. Esta información, su manejo y trámite son responsabilidad exclusiva de quien la produce".

Organización de la empresa :
Gerencia administrativa y operador: Encargado de la parte de la contabilidad con respecto a la realización de la empresa
Gerencia financiera: Encarga de las financias en cuanto a la venta del producto como de sus ganancias
Soporte del diseño: Se encarga de soportar el diseño y elaboración de la prenda
Operadores: Se encargan de la producción del producto

Los derechos y deberes del empresario son:
Derechos del empresario
El poder de dirección.Supone la facultad para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como sobre la cantidad y calidad del mismo.
El poder de variación. Es la facultad que tiene el empresario para modalizar, variar, transformar la ejecución del trabajo con el fin de adaptar la prestación laboral a los cambios en la cualificación profesional del trabajador debido a la movilidad ya sea funcional o geográfica, o a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
El poder disciplinario. Consiste en la facultad de vigilar y controlar la ejecución del trabajo y el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones, así como la facultad de imponerle la oportuna sanción en caso de no cumplir sus deberes.
Deberes del empresario
Deberes profesionales: igualdad de trato, promoción profesional y respeto a la categoría profesional del trabajador. Deber de informar, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de comienzo de la relación laboral, por escrito al trabajador los datos suficientes acerca de los elementos esenciales del contrato de trabajo y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral.
Deberes morales o éticos: respeto a la intimidad y a la dignidad del trabajador.
Deberes físicos: adecuada política de seguridad e higiene en el trabajo.
Deberes económicos: deber de pago del salario y de la cuota del trabajador a la Seguridad Social.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES
DEBERES - Procurar el cuidado integral de su salud. - Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. - Cumplir las normas de seguridad e higiene propias de cada empresa. - Participar en la prevención de los riesgos profesionales mediante las actividades que determinen de manera conjunta la empresa y la ARP. DERECHOS- El primero es el derecho a un proceso de inducción y de entrenamiento en seguridad pues antes de iniciar cualquier ocupación es obligación del empleador informar sobre las políticas y las medidas de seguridad de la empresa, sobre los factores de riesgo propios de la actividad económica y los específicos al oficio, al igual que la forma de prevenirlos y controlarlos.- Otro derecho que tenemos como trabajadores es la garantía de la salud y la seguridad desde el principio. Identificando los factores de riesgo de cada trabajo y controlando la fuente de esos riesgos. - Si una maquinaria presenta fallas mecánicas, es necesario antes de ponerla a trabajar, garantizar su buen mantenimiento y colocar sus guardas de protección.- Si en las condiciones de trabajo dentro de la empresa, existe un factor de riesgo como el ruido, es necesario usar elementos de protección auditivos.- La inducción y el entrenamiento de una persona que ingresa a una empresa o que es cambiada de puesto de trabajo debe ser integral, es decir, debe abarcar aspectos como la seguridad, la calidad y la productividad.- Conocer las normas de seguridad es una condición necesaria para el desarrollo de la ocupación del trabajador y en consecuencia, el logro de buenos resultados para la empresa. Esto quiere decir que la realización de un trabajo bien hecho necesita que se haga con calidad y seguridad. - Conocer claramente nuestro oficio y estar capacitado para hacerlo, es la mejor forma de prevenir los accidentes de trabajo.
Qué es la seguridad Social?
La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras. El objetivo de la seguridad social es la de ofrecer protección a las personas que están en la imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales.
03/08/2009
Que hice hoy?
Realizar estudio necesario para la identificación del proyecto
Comprendí lo que hice?
Si, puesto se estableció conocimientos del producto
Que dudas me quedaron?
Ninguna

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